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El BOE publica la modificación de la Ley de Protección de Datos

El Estado advierte de la creación del procedimiento de apercibimiento en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) establecido por la Unión Europea (UE) y que lleva aplicándose desde 2018 dio la entrada en vigor a la nueva Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).Sin embargo, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha considerado necesario realizar cambios en los estatutos y en algunos procedimientos de esta Ley Orgánica.

Esta modificación de la LOPDGDD busca corregir los errores del RGPD que se publicaron el pasado mes de marzo en el Diario Oficial de la UE, de la que se desprende que «no se debe considerar el apercibimiento como una sanción, tal y como se consideraba en el ordenamiento jurídico español».

Así pues, debido a la aplicación directa del RGPD, es necesario modificar la Ley Orgánica de Protección de Datos para establecer el apercibimiento como «una medida adecuada, de naturaleza no sancionadora, incluida dentro de los poderes correctivos de las autoridades de control».

Tres modificaciones publicadas en el BOE

La creación de este procedimiento de apercibimiento tiene como objetivo agilizar la respuesta a las reclamaciones que los ciudadanos presentan. El Estado busca que este procedimiento se realiza de una forma más flexible y rápida en un periodo de una duración máxima de seis meses.

Otro de los cambios realizados publicados en el BOE hace referencia al establecimiento de modelos de reclamaciones ante la AEPD. El incremento y la mayor complejidad de los asuntos abordados por la Agencia en los procedimientos sancionadores «muestra la necesidad de ampliar algunos de los plazos para resolver». Por este motivo, se contempla aumentar el procedimiento sancionador de nueve a doce meses de máxima duración y de doce a dieciocho en las actuaciones previas de investigación.

Finalmente, estas mismas actuaciones de investigación a través de sistemas digitales también están sujetas a modificación. Se pretende regular la opción de realizar investigaciones en remoto y que estas investigaciones no sean exclusivamente de forma digital.  

La importancia de una auditoria en materia de Ley de Protección de Datos

En el contexto actual de la sociedad de la información, la protección de datos para empresas se ha convertido en un aspecto crítico para un adecuado manejo de datos de carácter personal. En España, la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), sustituida en 2018 por el RGPD y la LOPDGDD, implica un mayor nivel de exigencia en la gestión de los datos personales y su tratamiento.

La realización de una auditoría de protección de datos es una herramienta fundamental para garantizar el cumplimiento de la normativa en vigor y proteger la información que maneja una empresa. Estas auditorías permiten evaluar la situación de la empresa en relación con la protección de datos, detectar posibles debilidades y establecer medidas correctivas para garantizar el cumplimiento de la normativa.

Fuente: Cadena COPE

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